Prisión preventiva a dos empresarios acusados de fraude contra la DGII
SANTO
DOMINGO. La Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional,
presidida por el magistrado José Alejandro Vargas, impuso tres meses de
prisión preventiva en la cárcel de Najayo como medida de coerción contra
dos empresarios que en asociación con asesores fiscales montaron un
millonario esquema fraudulento contra la Dirección General de Impuestos
Internos (DGII).
Se
trata de los imputados Jesús Alberto Távarez y Wisler Ramón Aracena
Lantigua, quienes en sus calidades de representantes y administradores
de las empresas Casa Club Neptunos y Grupo Ventura Lantigua reportaban a
la agencia recaudadora compras y ventas no fehacientes para disminuir
el pago de los impuestos correspondiente a sus obligaciones tributarias.
El
mecanismo delictivo también consistía en reportar transacciones con
compañías inoperantes y en otros casos con empresas reales no
compatibles con su actividad comercial, con el fin de deducirse mediante
estas compras y ventas el pago de los impuestos correspondientes;
incurriendo en violación a los artículos 236, 237, 238, y 239 del Código
Tributario dominicano.
Las
actuaciones de Tavárez y Aracena además violan los artículos 147, 148,
265, 266 y 405 del Código Penal Dominicano, así como el artículo 3, de
la Ley 72-02, artículo. 3 de Ley 155-17 y artículo 18 que tipifican la
asociación de malhechores, falsedad de documentos, uso de documentos
falsos, defraudación tributaria, estafa, lavado de activos y delito de
alta tecnología.
El
Ministerio Público, conjuntamente con la DGII, durante varios meses
desarrollaron labores de investigación por denuncias interpuestas por
contribuyentes afectados con sumas millonarias por los ilícitos en lo
que incurrían los imputados.
Sobre
estos hechos, el mismo tribunal el pasado 28 de febrero impuso contra
otros dos imputados, la medida de coerción de prisión preventiva al
asesor fiscal Franklin Rosario Vicente y garantía económica, impedimento
de salida, presentación periódica y brazalete electrónico limitado a
Santo Domingo y Distrito Nacional, contra la contable Marlenys Sánchez
Pérez.
La
DGII valoró que esta decisión ha sido basada en el deber de
salvaguardar la importancia de que los ciudadanos cumplan con las
obligaciones tributarias, y que no incurran en realizar reportes no
fehacientes con contribuyentes que no realizan actividad comercial.
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